
Se multarán a vecinos que arrojen residuos en lugares no permitidos
Se promulgó la Ordenanza 36/2020 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante local, la cual establece la sanción a los infractores que arrojen residuos domiciliarios y/o especiales en lugares no permitidos. La autoridad de aplicación procederá a multar según el artículo 148 del Código de Faltas Municipal.
Desde el Departamento Ejecutivo Municipal se solicita a los vecinos y las vecinas de la localidad que no arrojen residuos en el ejido urbano y periurbano de Realicó. La responsabilidad de mantener la localidad limpia es de todos y todas y se apela a la solidaridad para con el otro y con el medio ambiente.
Por otra parte, dicha Ordenanza plantea que los fondos que se recauden en conceptos de multas aplicadas se afectarán a una cuenta especial que se confeccionará y se utilizará para campañas de concientización. Además, se colocarán carteles alertando a los vecinos y vecinas de la Ordenanza.
La disposición de residuos sin ningún tipo de control genera impactos negativos en el medioambiente. Preservar y garantizar un medioambiente sano para las generaciones futuras es el objetivo de esta disposición.